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La Pensión Compensatoria Temporal

Existe la posibilidad de establecer un límite temporal para la percepción de una Pensión Compensatoria para aquél de los cónyuges al que la Separación o el Divorcio ocasione un desequilibrio económico.

Para llegar a una conclusión de que la pensión debe ser temporal hay que considerar las circunstancias de cada caso para valorar la capacidad de la persona beneficiaria para superar el desequilibrio económico en un tiempo determinado.

A partir de la valoración de esos factores (tanto para fijar un límite temporal a la pensión como su cuantía), el órgano judicial debe realizar un examen prudente con criterios que le conduzcan a la certidumbre.

Es decir, el Tribunal tiene que llegar a una conclusión con unos altos índices de probabilidad según los datos de que dispone. Y si la superación del desequilibrio no es previsible, no debe ser establecido ningún plazo para la pensión.

 

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“El divorcio pacífico”® en Abogados García-Míguez ®

Como expertos Abogados de Familia, en Abogados García-Míguez ®, el Bufete en donde yo trabajo, preferimos no llevar a nuestro cliente a un juicio contencioso si existe la posibilidad de llegar a un acuerdo con su pareja sobre las condiciones del Divorcio. Y más todavía habiendo hijos menores.

Después de la primera consulta, si nuestro cliente nos lo pide (y si lo encontramos viable a la vista de la situación), podríamos dirigirnos a la otra parte por correo electrónico para ver si desea llegar a un acuerdo.

Si se consigue un pacto, puede accederse a un procedimiento judicial menos traumático, más rápido y más económico, que permite a la pareja resolver su problema con solo un Abogado y un Procurador.

 

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La ruptura de la Pareja de Hecho y la posibilidad de una pensión compensatoria

Las uniones que se denominan ‘Pareja de hecho’ son una realidad social que, reuniendo determinados requisitos, se les da el reconocimiento de una modalidad de familia. No obstante, nunca será equivalente al matrimonio, por lo que no cabe aplicarles el régimen legal de aquél, salvo en algunos de sus aspectos.

Y aunque los miembros de la unión sepan que se encuentran fuera del régimen legal del matrimonio no es razón suficiente para desatender las consecuencias que puedan producirse en determinados supuestos. Por ejemplo en los casos de ruptura de la pareja. (más…)